El RD-ley 26/2020, publicado en el BOE del 8 de julio, ha aumentado el ámbito temporal y la cuantía de las reducciones de la tasa del buque para ayudar a paliar los efectos de la crisis, respecto de la aprobada con el RD-ley 15/2020, publicado el pasado 22 de abril
- Como se recordará, en ese momento ANAVE valoró dichas reducciones como tardías e insuficientes.
Con el nuevo decreto, las reducciones serán aplicables entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de octubre, periodo máximo permitido por la Unión Europea (antes solo desde el 22 de abril hasta el fin del estado de alarma). El valor de la cuantía básica S que se aplica a los tráficos de transporte marítimo de corta distancia (TMCD) se establece en 1,0 con carácter general (era 1,2 antes de la declaración del estado de alarma y se redujo a 1,08 en abril). Esta reducción, del 20%, será del 50% (S = 0,6) en el caso de buques adscritos a un servicio marítimo regular de pasaje o …
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