La primera acepción de la voz ‘fuente’, según el Diccionario de la lengua española es ‘manantial de agua que brota de la tierra’, y la séptima acepción es ‘principio, fundamento u origen de algo’, explica José Antonio Pejovés, abogado, árbitro y profesor de Derecho Marítimo, quien detalla que el Derecho la referencia a las fuentes más allá del sentido metafórico que se le pueda dar al término, “se refiere a aquellos elementos de los que se nutre el Derecho para crear normas jurídicas o también se pueden entender como los mecanismos a los que los ordenamientos jurídicos les reconocen la capacidad de crear Derecho”. …
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