El Parlamento Europeo acordó ayer prohibir la pesca de arrastre a más de 800 metros de profundidad en aguas comunitarias del Atlántico nororiental, dentro de una nueva normativa que establece también mayores controles y más transparencia en la recogida de datos.
Esta restricción está fuertemente respaldada por las organizaciones ecologistas, porque su objetivo es evitar la destrucción de hábitats y de proteger los ecosistemas del fondo marino. Pero es rechazada con ahínco por el sector, no porque tenga especial incidencia sobre la flota española -que no lo tiene-, sino por el temor de que se trate de un primer paso para seguir atacando al arrastre.
La patronal Cepesca calificó como errónea y arbitraria la prohibición del arrastre por debajo de 800 metros porque considera que carece de una base científica. Añade que la medida solo responde a intereses políticos y a la cesión al chantaje y amenazas realizadas por los ecologistas.
El respaldo de la Eurocámara da luz verde al acuerdo informal alcanzado en junio pasado por el Consejo de la Unión Europea (donde están representados todos los socios comunitarios) y la Comisión Europea para promover este nuevo reglamento, que aún deberá pasar de nuevo por el Consejo para obtener su aprobación definitiva.
La norma enmienda la legislación anterior y se adapta así a los objetivos de sostenibilidad de la política pesquera común.
La normativa también restringirá la pesca en aguas profundas al área en la que estuvo permitida entre el 2009 y el 2011, el Atlántico nororiental, que se aplicará a las embarcaciones cuyas capturas de especies de aguas profundas representan más del 8 % del total en al menos una de sus salidas cada año.
Además, el proyecto añade a la regulación una provisión separada para proteger los ecosistemas marinos vulnerables mediante la introducción de vedas y la prohibición de la pesca a más de 400 metros. La norma prevé la posibilidad de retirar los permisos de pesca en caso de que no se cumplan las nuevas reglas.
Ecosistemas bajo la lupa
Los Estados miembros también deberán informar sobre la localización de los ecosistemas vulnerables, mientras que la Comisión Europea se encargará de evaluar estos datos todos los años y adaptar el área afectada por la prohibición pesquera.
Las normas también prevén controles más estrictos en el mar y que el 20 % de las embarcaciones tengan la obligación de llevar a bordo un observador para asegurar la recogida detallada de información.
Las especies de aguas profundas se capturan a profundidades que alcanzan los 1.500 metros y suponen alrededor del 1 % de las capturas desembarcadas en el Atlántico noroccidental.
En ecosistemas vulnerables no se podrá pescar a más de 400 metros de profundidad.
Fuente: LA VOZ
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/maritima/2016/12/14/eurocamara-prohibe-pesca-arrastre-800-metros/0003_201612G14P37991.htm