El Tribunal de Justicia de
El TUE se reafirma en su postura de julio pasado que rechazó la apelación de Gibraltar por "claramente infundada"
TERRA.es, 21 Ago. (Luxemburgo).- Un portavoz del tribunal, con sede en Luxemburgo, ha precisado este martes que se trata de una "decisión final" que no cabe apelar de nuevo.
Gibraltar había solicitado a la justicia europea que anulara esta decisión alegando que la zona en cuestión incluye "aguas territoriales británicas de Gibraltar" –que España no le reconoce pues no se cedieron por el Tratado de Utrecht de 1713– y una zona de alta mar.
El TUE rechazó la solicitud de Gibraltar y Reino Unido alegando que no era posible anular parcialmente, como se pedía, el registro del hábitat ‘Estrecho Oriental’ –o Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), en la terminología comunitaria– solo en la parte que afectaba a las aguas en disputa.
Gibraltar recurrió en julio de 2011 esta decisión, insistiendo en que
Recurso "claramente infundado"
Pero el TUE se reafirmó en su postura y el 12 de julio pasado publicó una orden que rechaza la apelación de Gibraltar por "claramente infundada" y condena al Gobierno del Peñón a pagar las costas del procedimiento.
En su escrito,
Así las cosas, las tres millas náuticas que Gibraltar y Reino Unido reclaman como mar territorial, pero que España no les reconoce, forman parte hoy por hoy de dos hábitat marítimos merecedores de protección medioambiental que
La preservación de la flora y fauna marinas es precisamente el motivo que Gibraltar esgrime para querer imponer a los pescadores españoles la prohibición de pescar con redes en las aguas que rodean el Peñón. La flota gaditana, apoyada por el Gobierno español, rechaza someterse a las reglas gibraltareñas en unas aguas que consideran españolas.