Mediante un real decreto aprobado hoy en Consejo de Ministros, que establece las normas de seguridad y de prevención de la contaminación.Se autorizará a los buques de menos de 24 metros de eslora dedicados a la pesca local y litoral a cambiar de clasificación o ampliar su zona de actividad de forma temporal y no de forma definitiva, para poder participar en estas actividades.Con esta medida, en vigor para la próxima campaña, se da respuesta a una demanda reiterada del sector pesquero.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible, un real decreto por el que se determinan las normas de seguridad y prevención de la contaminación que deben cumplir los buques pesqueros de menos de 24 metros de eslora que faenan en la pesca local y litoral para que puedan participar en condiciones de seguridad…

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