El consejo de ministros ha aprobado este martes un Real Decreto que regula los títulos profesionales y de competencia de la marina mercante para adecuar la normativa a la realidad del sector marítimo acerca de la formación que deben tener las dotaciones de los buques españoles

La norma, propuesta por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), no afectará a los buques de pesca, a embarcaciones de recreo de uso privado sin tripulación profesional, buques de guerra, buques auxiliares de la Armada, buques de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad ni a buques de madera de construcción primitiva, explica el ministerio en una nota.

El Real Decreto establece los requisitos generales para la formación y evaluación de los marinos con titulaciones universitarias y de formación profesional, así como las condiciones generales para la tramitación de los títulos de los marinos y su registro.

También regula los requisitos mínimos de los sistemas de normas de calidad establecidos en la formación de estos profesionales y las medidas de inspección y control de los títulos de los marinos y de los centros de formación marítima, entre otros aspectos.

Además, incluye las responsabilidades que asumen las empresas navieras y los marinos embarcados en los buques mercantes.

El objetivo es ordenar y adaptar la normativa española que regula la titulación y las competencias que deben tener estos profesionales a los convenios internaciones y las directivas europeas, al tiempo que se traspone la directiva 2008 relacionada con el nivel mínimo de formación en esas profesiones y se deroga la directiva que permitía el reconocimiento mutuo de los títulos expedidos a la gente de mar por los Estados miembros de la UE.

En la norma, se actualizan los procedimientos para la expedición de los títulos y tarjetas profesionales de la marina mercante y se suprime la posibilidad de obtener una tarjeta profesional mediante el reconocimiento de los títulos académicos extranjeros, con medidas específicas según sean ciudadanos europeos o de terceros países.

Además, quienes ejerzan cargos con nivel de responsabilidad de gestión en buques españoles tendrán que superar un curso sobre legislación marítima española.

Con esta nueva normativa se actualizan y precisan las denominaciones de los títulos universitarios y de formación profesional y se establece que la Administración marítima reconozca la formación impartida por los centros docentes, con el fin de garantizar que la formación y la evaluación de los mismos son acordes con los títulos y tarjetas profesionales de la marina mercante a expedir.

En cuanto a la evaluación de los alumnos, se amplía el ámbito de aplicación de las normas que regulan las pruebas de idoneidad, tanto de la formación a bordo –incluidos los períodos de embarco- como de la formación en el empleo en tierra.

Por otra parte, se establece la superación de una prueba o realización de cursos de actualización para la revalidación de tarjetas profesionales cuando sea necesario para cumplir las reglas correspondientes del convenio sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de la Organización Marítima Internacional, añade la nota.

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