El incumplimiento de esta Circular Externa puede generar multas de hasta de 35 días de ingresos brutos operacionales

El Ministerio de Transportes de Colombia informó que las personas naturales y jurídicas que de alguna manera administran “patios de contenedores vacíos” en los que se presten uno o varios servicios relacionados con su carga y descarga (bajo alquiler u otra figura jurídica) y/o se adelanten actividades como almacenar, reparar, suministrar, marcar, rotular, inspeccionar, recibir y entregar contenedores vacíos, deberán inscribirse y registrarse como operadores portuarios ante la Superintendencia de Transporte, antes del 30 de abril de 2022. …

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