El Clúster Marítimo Español (CME) celebra la jornada online Área funcional de náutica de recreo. Competencias y estrategia, en la que Sonia Barbeira Gordon, jefa del Área Funcional de Náutica de Recreo de la Secretaría General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima de la Dirección General de la Marina Mercante, ha explicado los cambios que se están realizando para actualizar la normativa y adecuarla a las necesidades reales del sector. En este sentido, Barbeira ha iniciado su intervención justificando la creación de su área como la respuesta del director general de Marina Mercante a la reivindicación por tener una subdirección específica que abordara los temas relacionados con la náutica de recreo. Finalmente se creó la actual jefatura, que comprende dos líneas de actuación: una dedicada a todos aquellos temas vinculados con las embarcaciones de recreo propiamente dichas (matriculación, registro, vigilancia de mercado, etc.), y a otra relacionada con las titulaciones de recreo. Dos líneas distintas, pero ambas de trascendencia fundamental para el correcto desarrollo del sector.
Un sector de gran importancia para la economía azul y la española en general, tal y como ha explicado el presidente de honor del CME, Federico Esteve, durante su presentación. Esteve ha recordado que “el turismo es la principal actividad, al menos hasta la llegada de la pandemia, de nuestro país”, y todo lo relacionado con la costa y el mar son sus principales atractivos. “De esta manera, la costa mediterránea tiene la mayor cuota del turismo náutico de nuestro país, el 69%, según los datos recogidos en la Agenda Sectorial Marítima editada por el Clúster, procedentes del Blue Economy Report 2020 que utiliza datos económicos del 2018. Le sigue la costa cantábrica (18%) y la atlántica (13%)”, ha explicado el presidente de honor. Además, somos el “destino de referencia en Europa, porque contamos con los atractivos más importantes para su desarrollo, como los cientos de kilómetros de costa, buen clima la mayor parte del año e infraestructuras apropiadas y servicios de calidad”, ha afirmado Esteve, destacando los 134.000 puntos de amarre y más de 375 instalaciones náuticas disponibles en España. También ha puesto en valor el empuje económico del sector, pues cada cien amarres se generan 20,7 puestos de trabajo en restauración y comercio; 15,8 en industria náutica, talleres y servicios; y 3,1 en actividades formativas y deportivas, según recoge también la Agenda Sectorial Marítima.
Esteve no ha querido terminar su intervención sin recordar que la pandemia también ha afectado duramente la actividad, pero “la náutica ha demostrado tener gran capacidad de recuperación, adaptación y ser un destino turístico seguro. Un potencial que le confiere un importante papel para la recuperación económica, si somos capaces de fomentarlo y aprovecharlo”, ha afirmado.
Actualización normativa
Tras justificar la necesidad de que la Administración diera un tratamiento diferencial a la náutica deportiva, Barbeira se ha centrado en cómo se está abordando la actualización normativa. Actualmente existen órdenes y Reales Decretos de hace muchos años, y con el desarrollo actual y los medios electrónicos disponibles es necesaria la fusión y actualización, “el fin es contar con unos Reales Decretos que permitan aunar la normativa aplicable al sector”, ha explicado Barberia.
En esta línea, se está trabajando en tres Reales Decretos, de los cuales ya hay un borrador, y otros tres en los que se está valorando la aportación recibida y cómo se pueden actualizar. Uno de estos Reales Decretos es la Ley de Navegación Marítima y el texto refundido de la ley de Puertos del Estado, donde hasta ahora la náutica no tenía un apartado propio. Ahora sí, con el artículo 255, que permitirá tener un anclaje legal para desarrollos normativos, estableciéndose un marco en el que moverse. En esta ley se incorporarán como novedades la creación de un fichero informático de embarcaciones de recreo, que recogerá el tema de los seguros; se ampliarán las normas de seguridad y protección a las embarcaciones de recreo que siendo de pabellón extranjero cuenten con propiedad española; y se podrán inscribir en el REBECA las embarcaciones con eslora mayor de 15 metros, y que se dediquen a uso comercial, esta última dependiente de la aprobación directa del director general.
De la misma forma, se está trabajando para que desaparezca la dispensa de bandera, que parece no encajar bien para el arrendamiento náutico.
Otro Real Decreto en el que se está trabajando es un reglamento que aborda el despacho de buques, que para las capitanías marítimas supone una carga de trabajo bastante extensa y para el sector dificulta la agilidad a la hora de despachar las embarcaciones. En este sentido, y atendiendo de forma particular al despacho con autorización expresa, además de los supuestos habituales, está previsto establecer la posibilidad de que hubiera un cambio temporal de actividad: de un uso privado a uno comercial, por un tiempo limitado y que estuvieran obligados a hacer un despacho tradicional. Otra situación es que se pudiera autorizar, de forma puntual, a una embarcación para una actividad para la que no estuviera autorizada. Lo novedosos del reglamento de despacho radica en establecer un método simplificado. “Vamos a intentar que la mayoría de las embarcaciones de recreo de uso comercial, y también las de séptima lista que llevan tripulación, puedan hacer un despacho simplificado, de forma que presenten una declaración responsable, junto con la lista de tripulantes si ha habido variación y la copia de los seguros. La presentación a través de sede electrónica supondría la autorización del despacho. Creemos que este sistema permitiría agilizar notablemente lo que son las salidas de este tipo de embarcaciones”, ha afirmado.
Por otro lado, Sonia Barbeira ha hecho referencia al Real Decreto de modificación de los equipos de seguridad de las embarcaciones de recreo, que todavía no ha entrado en vigor. “Está tramitado, pero a la espera del informe del Consejo de Estado para su publicación”. Lo que pretende este Real Decreto es hacer extensivos los requerimientos de seguridad y protección a todas las embarcaciones que navegan en nuestras aguas con independencia del pabellón que tengan, siempre que pertenezcan a propietarios españoles o residentes en España. “El siguiente paso es ver cómo se puede controlar ese cumplimiento, pero la obligación va a estar”, ha advertido.
Otro factor importante que ha querido destacar es el abordaje de las infracciones y las sanciones, que no solo se identificarán, sino que se establecerá la sanción correspondiente, marcándose qué sanción tiene cada una de las posibles infracciones que se cometan.
Además, ha señalado la revisión y mejora de otros aspectos requeridos por el sector, como la disposición adicional que se incluye para modificar un RD que entró en vigor en 2019, el 338/2019, en el que incluyen varias modificaciones que afectaban a varios RD: el de titulaciones de recreo, otro el de profesionales y otro el de las motos náuticas.
También ha comentado otros asuntos que están tratando, como incluir a Suiza en la lista de países que pueden navegar con sus títulos en embarcaciones españolas. Teniendo esto en cuenta, se está valorando incluir a Reino Unido, pero con el tema del Brexit, hoy por hoy, es un país tercero y, por lo tanto, no puede navegar en embarcaciones españolas con sus títulos.
Inspecciones, tramitaciones y titulos
Prosiguiendo con su exposición, Barbeira ha señalado otros Reales Decretos, competencia de esta área, como el 1434/99 que enlaza con una modificación que tiene que ver con el marco de inspección de las embarcaciones de recreo. “Se va a actualizar dando la posibilidad de establecer los centros de inspección de forma que se aseguren y garanticen la cobertura nacional. También se va a redefinir el alcance de las inspecciones”.
Teniendo en cuenta el punto de vista del usuario, la ponente ha reconocido que hay un aspecto que se debe mejorar, que es el tema de la expedición de certificado de navegabilidad. Hasta ahora, el interesado estaba obligado a ir renovando el certificado, redundando en un importe considerable. Ya no se producirá una renovación, sino un duplicado, reduciéndose la tasa.
Otro punto que ha indicado como de vital importancia es agilizar toda la tramitación a nivel interno en la capitanía marítima y las entidades para que, a través de medios electrónicos sea más fácil.
No ha olvidado en esta exposición abordar el tema de las titulaciones, recogido en el RD 875/2014, que regula todas las titulaciones con un margen de mejora considerable, primero por dificultades de la administración, ya que el procedimiento de exámenes no es muy ágil, y luego por el tema de gestión con las escuelas náuticas. En este sentido, Barbeira ha asegurado que “se están valorando alternativas de mejora para examinar a los interesados y adaptar el temario. Otra cosa que si se ha venido mejorando es la gestión de las escuelas de la Administración, que están tramitando todo electrónicamente. El último paso que se va a dar en breve es expedir los títulos de forma electrónica”.
Profundizando en el tema de los títulos, se baraja la posibilidad de hacer algo en el ámbito de las embarcaciones pequeñas, menores de 5 metros, que salen sin ningún tipo de título, y que cuentan con infinidad de accidentes, repercutiendo en una falta de seguridad.
Sonia Barbeira ha concluido su exposición haciendo referencia a la econáutica, es decir, a la práctica de la actividad náutica con embarcaciones sostenibles. “Tenemos previsto que en la medida en que ese proyecto se vaya desarrollando incorporarlo a los nuevos RD informativos, de forma que haya un cierto incentivo para las embarcaciones de ese tipo”.