Después de 86 días de espera -el plazo máximo era de 90- el Gobierno de Noruega rechazó la reclamación enviada por los exmarinos de Long Hope el pasado 2 de noviembre, en la que exigían las pensiones que les corresponderían por sus años cotizados en este país. Tras agotar la vía administrativa, la asociación seguirá el camino judicial que inició en diciembre, cuando presentó una demanda contra el país nórdico.
El portavoz de la asociación -que agrupa a más de 12.000 exmarinos de toda España-, Alberto Paz, afirma que no esperaba “otra cosa”. “Lo que queríamos era agotar esta vía para continuar el proceso judicial en las estancias noruegas y poder llevarlo al Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, aseveró Paz.
El Ministerio de Trabajo noruego alega en su respuesta que, en términos legales, los extrabajadores no residieron en el país, por lo que no cumplieron con la condición de afiliación a la seguridad social cuando trabajaron en las embarcaciones noruegas, “y por tanto no han obtenido derechos a pensión en la Seguridad Social”. Para el representante de Long Hope la respuesta del país nórdico se basa en “mentiras”. Paz explica que la legislación noruega impedía a los trabajadores extranjeros contribuir a la Seguridad Social, y asegura que pagaban el resto de tributos, como el IRPF. “Esa cotización a la Seguridad Social supondría una pequeña parte de todos los impuestos que teníamos que pagar; si no lo hicimos, era porque no podíamos”, indica Paz.
Mientras, la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea presentó ayer las conclusiones del caso de los dos exmarinos austríacos que reclaman a Holanda sus prestaciones por el trabajo realizado en barcos holandeses, un caso similar al de Long Hope en el que España se personó para utilizarlo como precedente. El documento indica que la exclusión de estos trabajadores del sistema de Seguridad Social fue “claramente discriminatoria por razón de nacionalidad”, pero era “admisible” debido a que Austria aún no era miembro de la UE. Por lo tanto, concluye que el país no está obligado a pagar estas pensiones. Las conclusiones de este órgano -similar a un fiscal- no son vinculantes, aunque son tomadas en cuenta por los tribunales europeos.
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